Hola… Quisiera saber si algun@ tiene conocimiento de como se pueden dimensionar los equipamientos en función de la demanda. Es decir, si tengo un proyecto de vivienda que proyecta 100.000 unidades nuevas de vivienda con una densidad estimada de 3.5 personas por unidad habitacional (lo que representa unas 350.000 nuevos habitantes en un territorio determinado), es posible establecer con esa demanda proyectada las dimensiones y/o características de los equipamientos básicos colectivos que necesito?.
Por ejemplo, para equipamientos básicos colectivos + seguridad:
1. Educación
2. Salud
3. Cultura
4. Comercio
5. Bienestar social (jardines infantiles y/o guarderías por ejemplo)
6. Recreación y deporte
7. Equipamientos de seguridad
Lo anterior es para un Proyecto académico de maestría en planeación. Quisiera saber si existe la forma de hacer el ejercicio a la inversa para evaluar equipamientos y determinar así en función de la nueva demanda, que equipamientos básicos necesito (capacidades y coberturas por ejemplo).
Lo ideal seria encontrar las respuestas en el caso Colombiano, pero me puedo enriquecer de las experiencias en otras Latitudes.
Gracias
En el caso de Bogotá, en los planes maestros de equipamientos se definieron estándares para cada uno. Toca buscar los documentos técnicos de soporte. También puedes buscar el normas ICONTEC para salud, establecimientos educativos
Adjunto una tabla que se uso para la Operación Nuevo Usme.
TEMA Se necesita 1 cada XX habitantes
Educación
Preescolar 1.500 hab. 90 cupos 800 m2
Primaria 4.250 hab. 500 cupos 2.500 m2
Secundaria 6.800 hab. 1.000 cupos 8.000 m2
Capacitación Superior 34.000 hab. 1.000 cupos 10.000 m2
Salud
Puestos de Salud 6.000 hab. 390 m2
Centros de Salud 5.000 hab. 1.230 m2
Bienestar Social
Casas tercera edad 1.500 hab. 90 cupos 800 m2
Institucional
Tramites y Pagos 50.000 hab. 10.000 m2
Administración municipal 25.000 hab. 2.500 m2
Estación de Bomberos 25.000 hab. 1.250 m2
Estación de Policía 25.000 hab. 1.250 m2
Esta tesis tiene unos datos de estándares interesantes y bibliografía.
Espero sea de ayuda https://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/10743/AlfonsoMartinez-Paula-2015.pdf;jsessionid=9AFBB47550BB783F385598E583E4B1B5?sequence=1
Hola Carolina
Al referirse la consulta a un proyecto de 100.000 viviendas viviendas nuevas, entendería que tu interés estaría enfocado en conocer las dimensionar del equipamiento aplicable a este caso especifico, por lo que le correspondería prever un equipamiento comunal privado, no colectivo ni público.
Vale la pena precisar en este sentido, que los equipamientos colectivos o públicos que mencionas en la consulta, en el caso de Bogota, son diferentes a los privados comunales que generan los proyectos específicos como este que mencionas, que son equipamientos privados para la comunidad que va a generar el proyecto, por eso son privados.
Esta precisión es importante, por cuanto existen también en Bogota equipamientos colectivos privados y/o públicos, y los equipamientos comunales públicos de carácter colectivo-. Los primeros de estos equipamientos corresponden a la prestación de servicios necesarios para la vida urbana y, para garantizar el esparcimiento de la población en las diferentes escalas urbanísticas e independientemente de su carácter publico o privado, estos equipamientos se identifican en el POT vigente como usos Dotacionales.
Los segundos, correspondiente a los equipamientos públicos son areas y servicios en instalaciones físicas de uso publico y de carácter colectivo, que hacen parte del espacio publico.
De acuerdo con estas precisiones, los diferentes tipos de equipamientos colectivos y comunal públicos de Bogota están estandarizados mediante Planes Maestros de acuerdo al servicio que prestan, sus necesidades y magnitud según los diferentes tipo de equipamientos tal como esta respondido en la respuesta anterior.
Para el caso del caso especifico del proyecto de tu interés, en Bogota, el equipamiento comunal privado requerido le aplicaría al proyecto por ser residencial por cuanto tiene mas de cinco unidades de vivienda. Y, para otros usos, aplicaría para proyectos con mas de 800 m2 de área construida neta.
En nuestra legislación, las proporciones correspondientes a este equipamiento comunal varían, dependiendo si la vivienda propuesta es VIS (vivienda de interés social) o, no VIS, por cuanto las exigencias cambian al respecto.
En este orden de ideas, las proporciones establecidas por el POT vigente, son las siguientes: ( articulo 388 del POT Decreto 190 de 2004. Adicionalmente existen disposiciones mas detalladas en la reglamentación común de cada Tratamiento.
En tratamiento de Desarrollo.
1)- Para proyectos de vivienda VIS subsidiada:
a) 6 M2 por cada unidad de vivienda, aplicable a las primeras 150 viviendas por hectárea del área neta urbanizable.
b) 8.50m2 por cada unidad de vivienda, cuando el numero de viviendas este por encima de las 150 viviendas por hectarea neta urbanizable
2)- Para proyectos de vivienda no VIS:
15 m2 por cada 80 m2 de construcción neta
En Tratamiento de Renovación Urbana:
1)- Para proyectos de vivienda VIS subsidiada:
La misma exigencia señalada para el tratamiento de Desarrollo.
2)- Para proyectos de vivienda no VIS:
10 m2 por cada 80 m2 de construcción.
Espero que sea útil esta información, Cordial saludo
de trata de si se va a construir este proyecto en un terreno se trata de un terreno urbanizdo o no ur considerando que el proyecto a que te refieres es e una importante magnitud, vale dependiendo si se trurbanizado o no urbanizado, las exigencias del es importante establecer si el terreno donde No obstante vale la pena
ata de un terreno
En Bogota, se establecen dos tipo de equipamientos :
a-Comunal Privado
b-Comunal Publico.
Estos se exigen, dependiendo del tratamiento urbanístico que le corresponda al predio que se vaya a edificar, así:
1-los terrenos no urbanizados, que vayan a adelantar procesos de urbanización, el tratamiento de desarrollo, es decir aquellos predios que no han realizado el proceso de urbanización, deben prever una cesión obligatoria gratuita, un área destinada a equipamiento publico colectivo de la urnanización
En Bogota, el ordenamiento territorial vigente exige prever equipamiento comunal privado a todos los proyectos de vivienda, comercial, de servicios, industrial y/o dotacional que cuente con cinco o mas unidades y, compartan areas comunales.
El equipamiento comunal hace parte de las areas comunes de la agrupación, conjunto o edificios independiente que tengan mas de el numero de unidades indicado. Por lo que se considera un equipamiento privado de uso exclusivo de la comunidad
Esta conformado por áreas libres y construidas al servicio de todos propietarios o residentes de esas unidades como son de la corpropiedad
La proporciones y dimensiones son definidas de acuerdo al tratamiento urbanístico que
Disculpar el texto que por error quedo a continuación de la respuesta que acabo de enviar. Ruego no tenerlo en cuenta por cuanto se trata de un texto inicial que descarte del texto final.
Lo siento.
Gracias